Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2786/2010-R
Fecha: 10-Dic-2010
II.4.
II.4. El 25 de noviembre de 1999, dicha Gerencia Distrital, expidió el Pliego de Cargo 321/99 de 25 de noviembre de 1999, por concepto de impuestos omitidos y accesorios correspondientes a los Impuestos al Valor Agregado (IVA) e Impuesto al Transacciones (IT) por los periodos fiscales 12/98 a 02/99, más multa equivalente al 100% sobre el gravamen omitido actualizado, consignando como monto adeudado, Bs17 173.- (diecisiete mil ciento setenta y tres bolivianos), a ser actualizado en el momento de la cancelación (fs. 37 del anexo 1).
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1. Contenido del recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- 1)
- a)
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.10.
- II.11.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- “accionante”
- “conceder”
- III.3. Marco normativo que rige el ámbito de impugnación en materia tributaria
- III.4. Interpretación de la legalidad ordinaria
- III.5. Análisis del caso concreto
- APROBAR