SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2786/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2786/2010-R

Fecha: 10-Dic-2010

II.7.

II.7.  El 25 de octubre de 2004, se presenta también ante la Superintendencia de Bancos y Entidades Financieras, la solicitud de retención de fondos de la recurrente hasta la suma de dinero adeudada (fs. 44 del anexo 1); la Asociación Mutual de Ahorro y Préstamo para la Vivienda “La Paz”, el 11 de noviembre de ese año, certificó una cuenta de ahorro individual con un saldo de $us35,65.- (treinta y cinco 65/100 dólares estadounidenses) y que habían procedido a retener (fs. 47 del anexo 1), habiendo solicitado el traspaso de fondos el 23 de diciembre del indicado año.