SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2797/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2797/2010-R

Fecha: 10-Dic-2010

a)

Los recurrentes tomaron conocimiento del proceso, días antes de procederse al tercer remate ya en el proceso ejecutivo, alegando indefensión presentaron incidente de nulidad el 16 de septiembre de 2006, por Auto de 6 de diciembre de ese año,  el Juez de instancia declaró improbado el incidente de nulidad, por lo que el 22 de igual mes y año, dedujeron recurso de apelación, alegando: a) Ausencia de citación personal con la medida preparatoria; b) Que el acta de juramento de desconocimiento de domicilio, no cumplió con los requisitos exigidos por ley; c) Se ha omitido la designación de defensor de oficio; y d) Ausencia de publicación del edicto en el tablero judicial.

Los recurrentes, ahora accionantes, señalaron que se lesionaron sus derechos a la  igualdad, a la seguridad jurídica, a la propiedad privada, a la defensa y a la garantía del debido proceso, por cuanto: a) Los Vocales recurridos hoy demandados,  procedieron a confirmar el Auto apelado que rechazó el incidente de nulidad de obrados; b) Los Vocales demandados sostuvieron que la falta de publicación en el tablero judicial del edicto por treinta días, no constituye causal o motivo de nulidad, no tomaron en cuenta que por la falta de conocimiento de la existencia de la medida preparatoria como del ejecutivo se les ha puesto en total estado de indefensión. Corresponde analizar, en revisión, si tales aseveraciones son ciertas, y si dan lugar o no a brindar la tutela invocada.