SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2880/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2880/2010-R

Fecha: 17-Dic-2010

concedió en parte

La Sala Penal de la Corte Superior del Distrito Judicial de Chuquisaca, constituida en Tribunal de garantías, por Resolución de 24 de octubre de 2007, cursante de fs. 184 a186 vta., concedió en parte la tutela solicitada, dejando sin efecto el Auto Supremo 404 de 18 de julio de 2007, disponiendo que los recurridos dicten uno nuevo conforme a derecho, resolviendo el recurso de casación en el fondo y subsanando las omisiones expuestas. Como fundamentos se señalan: a) No pueden pronunciarse sobre los actos ocurridos durante el proceso y que no hayan sido impugnados de manera concreta y específica, y sus responsables demandados en el recurso, correspondiéndoles solo referirse al Auto Supremo en cuestión; b) El recurso de casación impugna como cuestión de nulidad, la no participación del vocal semanero en el sorteo de la causa, extremo sobre el que se pronuncia el Auto Supremo de manera expresa y que no impugna el recurrente; c) Sobre la casación en el fondo, se reclama la valoración e interpretación errónea de las pruebas relacionadas respecto a que los actores no dejaron de trabajar; y la aplicación errónea e indebida de la ley en relación al art. 13 de la LGT, además de la omisión de la aplicación del art. 11 de la LGT; y, d) El Auto Supremo no da respuesta concreta, específica y clara a las cuestiones expuestas en el recurso de casación, pues hace referencia genérica a los alcances del art. 13 de la LGT, para luego mencionar los fundamentos expuestos por los jueces de instancia y enunciar normas procesales referidas a la forma de valoración de la prueba y objeto de las resoluciones en materia laboral, para concluir afirmando que, los recurrentes no cumplieron la carga de la prueba; no se refieren a la errónea valoración de la misma identificada en el recurso y no hacen mención al art. 11 de la LGT invocado como omitido e inaplicado.