Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2889/2010-R
Fecha: 17-Dic-2010
I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
Los recurrentes, interponen recurso de amparo constitucional contra Fernando Antonio Navajas Baldivieso y Marcos Ramiro Miranda Guerrero, Vocales de la Sala Penal de la Corte Superior del Distrito Judicial de Tarija; solicitando sea concedido, dejando sin efecto el Auto de Vista 51/2007 de 8 de mayo, y se ordene se continúe con la sustanciación del proceso penal.
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- Fragmento 5
- improcedente
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Operatividad y aplicación en el tiempo del bloque de constitucionalidad
- "recurso de
- "accionante"
- recurso de amparo constitucional
- III.3. Suspensión condicional del proceso
- El derecho de impugnación contra las resoluciones judiciales en materia penal
- III.4. El caso concreto en examen
- Fragmento 18
- Fragmento 19
- denegado,
- APROBAR