SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0006/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0006/2010-R

Fecha: 06-Abr-2010

3)

3) Cuando aún no existía el Sindicato de EMACRUZ, mediante Resolución Ministerial (RM) 396, se reconoció a la Directiva de la Central Obrera Departamental (COD) de Santa Cruz, en la que Néstor Benjamín Cahuana Marín, representante del gremio de los vivanderos, figura como Secretario de Actas; de ahí que, el Juez Tercero de Partido del Trabajo y Seguridad Social, declaró improbada la demanda de Néstor Benjamín Cahuana Marín, por lo que EMACRUZ dispuso la ruptura del vínculo laboral por reestructuración, mientras el trabajador se encontraba haciendo campaña como postulante al Concejo Municipal, pagándole todos sus beneficios sociales conforme a los Arts. 2 y 3 de la Ley General del trabajo (LGT) y 55 del Decreto Supremo (DS) 21060.

3) Por Auto de 11 de mayo de 2006, se notificó con la conminatoria respectiva (12 de mayo de 2006) y desde esa fecha, la parte obligada no cumplió con la misma, tratando de dilatar su cumplimiento con un amparo constitucional contra los Vocales de la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, recurso que fue denegado por el Tribunal de amparo cuya resolución fue aprobada por SC 0348/2007-R de 2 de mayo, dictada por el Tribunal Constitucional.