SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0006/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0006/2010-R

Fecha: 06-Abr-2010

III.4.El recurso de hábeas corpus y la garantía del debido proceso.

Antes de ingresar a resolver la problemática planteada, es preciso señalar que de acuerdo al art. 18 de la Constitución Política del Estado abrg, el recurso de hábeas corpus fue instituido para la protección del derecho a la libertad física o personal y la garantía del debido proceso en caso de existir vinculación directa con el derecho a la libertad física y estado absoluto de indefensión, de acuerdo a las SSCC 1845/2004-R y 0619/2005-R. A esos derechos debe añadirse el derecho a la libertad de locomoción, que fue incorporado al ámbito de protección del recurso de hábeas corpus a través de la jurisprudencia constitucional, en los supuestos, por ejemplo, de arraigo y detención domiciliaria (SSCC SC 0823/2001-R, 377/2007-R, entre otras).