SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0016/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0016/2010-R

Fecha: 12-Abr-2010

I.1.1. Hechos que motivan la demanda

     Los antes recurrentes, ahora accionantes, en el escrito presentado el 31 de julio de 2007, cursante de fs. 16 a 18, manifiestan que, en el Juzgado Sexto de Trabajo y Seguridad Social, Máximo Mendoza, les siguió un irregular proceso social sobre cobro de beneficios sociales, el que no les fue notificado personalmente ni en su domicilio real ni tampoco laboral, practicándose notificaciones mediante cédula con los demás actuados procesales. Es así que dicho proceso, por excusa declarada legal, fue remitido al Juzgado Séptimo de Trabajo y Seguridad Social,  ante el cual solicitaron la nulidad de todo lo obrado, que fue negado por “Resolución 027/06”, con la que no han sido notificados en forma legal hasta la fecha.

     Refieren, que no obstante de existir nulidad expresa por falta de notificación legal, el Juez demandado pronunció sentencia, en contra de sus personas a la vez que ordenó su apremio librando al efecto el respectivo mandamiento hasta que se haga efectivo el pago de lo adeudado al trabajador, lo que constituye una persecución ilegal así como haber sido vulnerado el debido proceso, que restringe su derecho a la libre locomoción.