Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0016/2010-R
Fecha: 12-Abr-2010
II.6.
II.6. El recurrente ahora accionante, suscita incidente de nulidad de obrados e ineficacia que es rechazado por “Resolución 027/2006 de 17 de junio”. También cursa en el expediente original, resolución ejecutoriada sobre rechazo de otro incidente de nulidad suscitado por los demandados, obligados en el proceso social, en la que se advierte a los incidentistas dar aplicación de los arts. 148 del CPT y 155 del CPC.
- hábeas corpus,
- I.1.1. Hechos que motivan la demanda
- I.1.3. Autoridad demandada y petitorio
- 1)
- a)
- improcedente
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Operatividad y aplicación en el tiempo del bloque de constitucionalidad
- III.2. Armonización de términos procesales-constitucionales
- III.3.
- III.4.
- III.5.
- III.6. Empleo de terminología en cuanto a la otorgación o denegación de tutela
- APRUEBA