Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0016/2010-R
Fecha: 12-Abr-2010
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
Los accionantes, alegan que la autoridad demandada, Jueza Séptima de Trabajo y Seguridad Social, ha vulnerado sus derechos a la libre locomoción por persecución ilegal y al debido proceso, por cuanto en su contra se ha seguido un irregular proceso social sobre cobro de beneficios sociales, con el que no fueron notificados personalmente ni en su domicilio real ni laboral, suscitando por ello incidente de nulidad de notificación y de obrados, que ha sido rechazado, librando en su contra mandamiento de apremio. En consecuencia, corresponde determinar si los extremos demandados son evidentes para otorgar o no la tutela solicitada.
- hábeas corpus,
- I.1.1. Hechos que motivan la demanda
- I.1.3. Autoridad demandada y petitorio
- 1)
- a)
- improcedente
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Operatividad y aplicación en el tiempo del bloque de constitucionalidad
- III.2. Armonización de términos procesales-constitucionales
- III.3.
- III.4.
- III.5.
- III.6. Empleo de terminología en cuanto a la otorgación o denegación de tutela
- APRUEBA