AUTO CONSTITUCIONAL 0258/2010-CA
Fecha: 26-May-2010
autónomo e independiente
En suma, la acción de amparo constitucional es de rango constitucional y extraordinario, de tramitación especial y carácter sumarísimo, de única y última instancia, es decir que su procedimiento difiere de los procesos ordinarios. Así lo ha entendido la jurisprudencia constitucional y la doctrina como el caso del citado autor que en lo pertinente señaló que esta acción de defensa de derechos fundamentales tiene: “un proceso jurisdiccional autónomo e independiente con un régimen jurídico procesal propio. Es de tramitación especial y sumarísima, pues se desarrolla en única instancia, es decir sin recurso ulterior alguno, con la celeridad y rapidez necesaria, sin lugar a incidentes dilatorios y maliciosos”.
- consulta
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- a)
- rechazaron
- I.4. Trámite procesal en la Comisión de Admisión
- II.1. Normas jurídicas impugnadas y norma constitucional supuestamente infringida
- II.2. Aplicación de la Constitución Política del Estado
- confrontar el texto de la norma impugnada con el de la
- II.4. Atribución de la Comisión de Admisión
- II.5. Intervención del tercer interesado en el amparo constitucional
- su participación es accesoria y no en todos los recursos
- para la protección inmediata de
- autónomo e independiente
- al permitirse la presentación, independientemente del rechazo o admisión del mismo, del recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad, dentro de la acción de amparo, provoca una atrofia procesal que deja rezagados a los derechos fundamentales
- de acceso a la justicia
- en su calidad de tercero interesado dentro del recurso de amparo constitucional
- 1º APROBAR con los fundamentos expuestos