Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0071/2010-R
Fecha: 03-May-2010
I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
El caso fue sorteado el 23 de julio de 2007, no obstante ante la renuncia de los Magistrados no se emitió resolución, habiendo sido devuelto el expediente a la Comisión de Admisión. El 8 de marzo de 2010, este Tribunal mediante Acuerdo Jurisdiccional 001/2010, dejó sin efecto dicho sorteo disponiendo se realice a uno nuevo, habiéndose procedido a tal actuado procesal en la misma fecha, por ende la presente Resolución es pronunciada dentro de plazo.
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Persona demandada y petitorio
- I.2.1.
- a)
- I.2.3. Intervención de los terceros interesados
- procedente en parte
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Aplicación de la Constitución Política del Estado
- acción de amparo constitucional
- concederá o denegará
- accionante
- denegar
- El derecho a la propiedad privada
- El derecho al
- ya ha accedido a los servicios básicos
- Fragmento 22
- señaló que no vive, ni habita el inmueble como morada o domicilio principal o real ni él ni su familia
- 1) E
- REVOCAR