SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0071/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0071/2010-R

Fecha: 03-May-2010

señaló que no vive, ni habita el inmueble como morada o domicilio principal o real ni él ni su familia

El accionante de manera expresa y voluntaria en su memorial de demanda y en audiencia, inclusive adjuntando una declaración jurada, señaló que no vive, ni habita el inmueble como morada o domicilio principal o real ni él ni su familia, sino que utiliza el inmueble como depósito al que acude los indicados días también debido a la feria, dado que de manera adicional a su labor de maestro se dedica al comercio, y que si bien no tiene llave de ingreso, accede al mismo en dichos días. Por tanto, no se ha vulnerado su derecho al trabajo.