Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0119/2010-R
Fecha: 10-May-2010
II.2.
II.2. Por memorial presentado el 13 de octubre de 2005, el demandante, por sus representados interpuso acción de reivindicación ante la Jueza Agraria del Distrito Judicial de La Paz, aduciendo que desde el año 2000 se ha producido “una ilegal y dolosa invasión de tierras” sobre las parcelas “Falca Huerta” y “Duraznuni” por parte de Emiliano Reyes Ortiz, contra quien dirigen la demanda (fs. 75 a 77). Mediante Sentencia 06/05 de 12 de diciembre de 2005, se declaró probada la demanda, ordenando se restituyan los predios, al quinto día de su notificación (fs. 10 a 14).
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- Fragmento 4
- a)
- concedió parcialmente
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- éste Tribunal determinó que toda su actuación será acorde al nuevo orden constitucional
- accionante
- garantiza el derecho al debido proceso
- III.3.
- error evidente
- toda nulidad tiene que estar expresamente prevista por ley
- esenciales
- al haberse producido la lesión al derecho al debido proceso
- seguridad
- concedido parcialmente
- APROBAR