SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0143/2010-R
Fecha: 17-May-2010
APROBAR
El Tribunal Constitucional en virtud de la jurisdicción y competencia que le confieren los arts. 4 y 6 de la Ley 003 de 13 de febrero de 2010, denominada Ley de Necesidad de Transición a los Nuevos Entes del Órgano Judicial y Ministerio Público; 7 inc. 8) y 102.V de la LTC, en revisión, resuelve APROBAR la Resolución 006/2006 de 19 de septiembre, cursante de fs. 60 a 63, pronunciada por la Sala Civil, Comercial y Familiar de la Corte Superior del Distrito Judicial de Potosí; y en consecuencia, CONCEDER la tutela respecto a los derechos a la vida y al trabajo, invocados por la accionante, con la modificación de que se determina sin responsabilidad por ser excusable, conforme los fundamentos del presente fallo.
- recurso de amparo constitucional -ahora acción de amparo constitucional-
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Operatividad de la Constitución Política del Estado en el tiempo
- “accionante”
- “conceder”
- Fragmento 16
- III.3.
- Fragmento 18
- III.4. La tutela de los derechos a la vida, a la salud y al trabajo en la Constitución Política del Estado y su relevancia en el caso de la maternidad
- está directamente relacionada con el derecho al trabajo,
- el empleador no afecte las condiciones laborales de la mujer trabajadora embarazada
- III.5. El caso analizado
- APROBAR