SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0143/2010-R
Fecha: 17-May-2010
II.2.
II.2. Por nota de 12 de julio de 2006, dirigida al Fiscal de Distrito recurrido, la recurrente solicitó permiso del 12 al 14 del citado mes y año, de conformidad con el art. 187 del Reglamento del Sistema de Carrera Fiscal, adjuntando al efecto, certificado de baja médica (fs. 10) emitido por el ginecólogo Raúl Velásquez Tórrez, que diagnosticaba a la recurrente, trece semanas de embarazo con alto riesgo obstétrico y placenta previa oclusiva, recomendando reposo absoluto por el lapso de setenta y dos horas, luego reposo relativo y control periódico por la especialidad (fs. 8). Ante esta petición, el Fiscal recurrido decretó que con carácter previo, la impetrante observe lo dispuesto por el art. 27 del DL 13214 y paralelamente refrende el certificado adjunto con el médico forense (fs. 39 vta.).
- recurso de amparo constitucional -ahora acción de amparo constitucional-
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Operatividad de la Constitución Política del Estado en el tiempo
- “accionante”
- “conceder”
- Fragmento 16
- III.3.
- Fragmento 18
- III.4. La tutela de los derechos a la vida, a la salud y al trabajo en la Constitución Política del Estado y su relevancia en el caso de la maternidad
- está directamente relacionada con el derecho al trabajo,
- el empleador no afecte las condiciones laborales de la mujer trabajadora embarazada
- III.5. El caso analizado
- APROBAR