Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0143/2010-R
Fecha: 17-May-2010
II.3.
II.3. El Fiscal de Distrito recurrido, mediante memorando 039/2006 de 7 de septiembre, comunicó a la recurrente que con la atribución conferida por el art. 40.10 de la LOMP, ante la renuncia del Fiscal Asistente del Asiento Fiscal de Uyuni, y en razón a la imposibilidad de realizar una contratación inmediata, disponía su desplazamiento a dicha ciudad por el tiempo de noventa días, debiendo constituirse en el lugar el 11 de ese mes y año, bajo las órdenes de la Fiscal Adjunta de Uyuni (fs. 4).
- recurso de amparo constitucional -ahora acción de amparo constitucional-
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Operatividad de la Constitución Política del Estado en el tiempo
- “accionante”
- “conceder”
- Fragmento 16
- III.3.
- Fragmento 18
- III.4. La tutela de los derechos a la vida, a la salud y al trabajo en la Constitución Política del Estado y su relevancia en el caso de la maternidad
- está directamente relacionada con el derecho al trabajo,
- el empleador no afecte las condiciones laborales de la mujer trabajadora embarazada
- III.5. El caso analizado
- APROBAR