Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0143/2010-R
Fecha: 17-May-2010
II.1.
II.1. Por memorando de 4 de octubre de 2005, la recurrente fue designada como Fiscal Asistente del Distrito de Potosí (fs. 3); mediante memorando 017/2006 de 21 de marzo, el Fiscal recurrido, en uso de la atribución establecida en el art. 40.3 de la LOMP concordante con el art. 69.4 del Reglamento Interno, llamó severamente la atención a la recurrente por incumplimiento reiterado de sus funciones específicas encomendadas por el Fiscal al que asistía, señalando que de continuar con esa actitud negligente, sería desplazada a un Asiento Fiscal de una de las provincias (fs. 33).
- recurso de amparo constitucional -ahora acción de amparo constitucional-
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Operatividad de la Constitución Política del Estado en el tiempo
- “accionante”
- “conceder”
- Fragmento 16
- III.3.
- Fragmento 18
- III.4. La tutela de los derechos a la vida, a la salud y al trabajo en la Constitución Política del Estado y su relevancia en el caso de la maternidad
- está directamente relacionada con el derecho al trabajo,
- el empleador no afecte las condiciones laborales de la mujer trabajadora embarazada
- III.5. El caso analizado
- APROBAR