SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0146/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0146/2010-R

Fecha: 17-May-2010

I.2.1.1. Hechos que motivan el recurso

Por memorial presentado el 1 de septiembre de 2006, cursante de fs. 522 a 526 vta., el recurrente alega que Luis Artemio Lucca Suárez, solicitó al Centro de Conciliación y Arbitraje de la Cámara Nacional de Comercio, la solución de la controversia surgida ante la instauración de inicio de proceso arbitral contra Alianza Vida Seguros y Reaseguros S.A., Bisa Seguros y Reaseguros S.A., Banco Santa Cruz S.A., y “HP Brokers S.R.L.”, señalando que el Centro de Conciliación y Arbitraje de la Cámara Nacional de Comercio, convocó a reunión para designar a árbitro de parte, pidiendo “HP Brokers S.R.L.” que se cumpliera el art. 10.11 del Reglamento Interno del mencionado Centro de Conciliación, toda vez que, en ningún momento suscribieron cláusula arbitral con Luis Artemio Lucca Suárez, y que ante dicha solicitud, el Centro de Conciliación y Arbitraje, intimó mediante nota a unificar criterios para la designación de árbitro.

Asimismo, el recurrente hace incidencia en solicitar medidas cautelares conferidas en el art. 99 de la Ley del Tribunal Constitucional (LTC), pidiendo que dispongan que los recurridos se abstengan de continuar con el proceso de conformación del Tribunal Arbitral, hasta tanto no sea resuelto el recurso de amparo constitucional por el Tribunal Constitucional.