Juristeca
Juristeca País
    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0146/2010-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0146/2010-R

    Fecha: 17-May-2010

    I.2.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías

    Efectuada la audiencia pública el 11 de enero de 2007, cursante de fs. 648 a 658, en presencia del recurrente y autoridades recurridas, y ausencia del representante del Ministerio Público así como del tercero interesado, Alejandro Fabián Ybarra Carrasco, representante de Alianza Vida Seguros y Reaseguros S.A. y Gil Antonio Porras, representante del Banco Santa Cruz S.A, se produjeron los siguientes actuados.

    • 2006-14595-30-RAC,
    • I.1.1.1. Hechos que motivan el recurso
    • I.1.1.2. Derechos y garantía supuestamente vulnerados
    • Fragmento 4
    • I.1.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
    • I.1.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
    • a)
    • b)
    • deniega
    • I.2.1.1. Hechos que motivan el recurso
    • I.2.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
    • I.2.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
    • I.2.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
    • I.3.Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • II.4.
    • II.5.
    • II.6.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1. Eficacia plena y operatividad de la Constitución en el tiempo
    • acción de amparo constitucional
    • concederá o denegará
    • accionante
    • denegar
    • III.3. Análisis del caso
    • APROBAR

    Otros enlaces de interés:

    Jurisprudencia clasificada por bienes e inmuebles Jurisprudencia clasificada por contravención de las normas jurídicas Jurisprudencia clasificada por derechos de la unión europea Jurisprudencia clasificada por derechos fundamentales Jurisprudencia clasificada por materias del derecho Jurisprudencia clasificada por profesiones Jurisprudencia clasificada por sector agrario Jurisprudencia clasificada por sectores de la sociedad

    Síguenos en

    Políticas de eliminación | Políticas de privacidad

    © 2026 Juristeca