SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0169/2010-R
Fecha: 17-May-2010
recurso de amparo constitucional ahora acción de amparo constitucional
En revisión la Resolución 08/06 de 8 de septiembre del 2006, cursante de fs. 84 a 85, pronunciada por la Jueza Segunda de Partido Mixto y de Sentencia de Sacaba del Distrito Judicial de Cochabamba, dentro del recurso de amparo constitucional ahora acción de amparo constitucional presentado por Juan Marcos Valda Chanez contra René Martín Castellón Flores, Presidente del Consejo de Administración de la Cooperativa de Servicio de Agua Potable y Alcantarrillado “Chacacollo Oeste” Ltda., alegando la vulneración de sus derechos y garantías constitucionales, a la asociación para fines lícitos, a formular peticiones, a la legítima defensa y al debido proceso, previstos en los arts. 7 incs. c), h); y 16.II de la Constitución Política del Estado abrogada (CPEabrg).
- recurso de amparo constitucional ahora acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
- I.2.2. Informe de la autoridad recurrida
- procedente
- I.2.4. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Consideraciones sobre la aplicación de la Constitución Política del Estado vigente
- III.2. Sobre los términos utilizados para designar a la persona que presentan acciones tutelares o de defensa
- III.3. Sobre la acción de amparo constitucionalidad, los efectos de la notificación cuando han cesado los actos ilegales y el caso analizado
- este documento no fue de conocimiento de ella, sino hasta la realización de la audiencia de amparo
- APROBAR