SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0183/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0183/2010-R

Fecha: 24-May-2010

2)

2)  Como se tiene dicho, de los actuados procesales se evidencia que los codemandados particulares tenían conocimiento del domicilio de la representada del accionante, como también de la existencia de fallos ejecutoriados sobre el inmueble que otorgaban el derecho propietario a Ramona Quisbert Miranda y no a Felipe Flores Poma y Francisca Condori de Flores, quienes son hermano y cuñada, respectivamente, de los indicados.

2) El proceso se tramitó con citación mediante edictos a la representada del accionante, los demandados prestaron juramento de desconocimiento de domicilio (fs. 46), siendo de su conocimiento que Ramona Quisbert Miranda se encontraba viviendo en el inmueble que le fue restituido. Con dicho acto se vulneraron los arts. 9 y 16 de la CPEabrg, ahora arts. 115.II y 119.II de la CPE.