SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0197/2010-R
Fecha: 24-May-2010
I.2.3. Intervención del tercero interesado
El tercero interesado Juvenal Claure “Severich”, presentó informe escrito cursante de fs. 95 a 96, señalando que el Tribunal Constitucional dictó la SC 0482/2006-R de 22 de mayo, por la cual denegó el recurso de amparo constitucional planteado por Rómulo Claure “Severiche” contra la Juez Séptima de Instrucción en lo Penal Cautelar y los Vocales de la Sala Penal Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, sobre la conversión de acción, dando por bien hecha la autorización de conversión de acción dictada por la Juez Séptimo de Instrucción en lo Penal Cautelar y confirmada por la Sala penal Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, de modo que esos hechos ahora son cosa juzgada. Sin embargo, ahora es Rómulo Claure “Severiche” quien interpone otro recurso de amparo con los mismos argumentos, haciendo toda una relación de la conversión de acción ya mencionada y definida. Por tanto, entre ambos recursos existiría identidad de sujetos, objeto, causa y cosa juzgada, al margen de que podía interponer recurso de apelación incidental contra la resolución impugnada.
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- I.2.3. Intervención del tercero interesado
- procedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- SC 0011/2010-R
- SC 0071/2010-R
- la seguridad jurídica
- un principio, no puede ser tutelado por el recurso o acción de amparo constitucional
- En cuanto al derecho al debido proceso
- Fragmento 16
- SC 0482/2006-R de 22 de mayo
- el cual fue declarado procedente por la autoridad judicial demandada en la presente acción tutelar, quien a su vez dispuso la nulidad de obrados hasta fs. 243 quedando subsistente el rechazo a la denuncia
- El acto ilegal objeto de la presente acción tutelar,
- APROBAR