SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0197/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0197/2010-R

Fecha: 24-May-2010

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

El accionante señala que la autoridad demandada vulneró sus derechos a la seguridad jurídica y al debido proceso al emitir la Resolución 353/2006 de 2 de septiembre, puesto que dentro del proceso penal al que se le somete, interpuso incidente de actividad procesal defectuosa por defectos absolutos, el mismo que fue declarado probado por el Juez Segundo de Sentencia, autoridad que además dispuso dejar sin efecto lo actuado hasta fs. 243 inclusive. Este fallo fue confirmado en apelación por Resolución 404/06, dictado por la Sala Penal Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz. Sin embargo, una vez devuelto el expediente al juzgado de origen, la Jueza hoy recurrida, a quien correspondía sólo cumplir ambas Resoluciones, pronunció la Resolución 353/2006, hoy impugnada por la cual repuso obrados hasta fs. 482 inclusive, manteniendo subsistente la actividad procesal defectuosa.  En ese sentido corresponde en revisión, analizar si tales aseveraciones son ciertas y si dan lugar o no a brindar la tutela solicitada.