Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0224/2010-R
Fecha: 31-May-2010
II.7.
II.7. Por Auto de Vista de 20 de julio de 2006, la Sala Penal Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, declaró inadmisible e ilegal la apelación interpuesta, toda vez que el recurso no se encuentra previsto en ninguno de los casos de procedencia que establece el art. 403 del CPP, ya que el simple proveído no es recurrible por la vía incidental (fs. 13 y vta.).
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- i)
- I.2.2.
- c)
- I.2. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.3
- II.4.
- II.7.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- acción de amparo constitucional
- concederá o denegará
- accionante
- denegar
- 1)
- III.4.
- III.5.
- III.6.
- APROBAR