Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0224/2010-R
Fecha: 31-May-2010
II.8.
II.8. Mediante memorial presentado el 1 de agosto de 2006, Sergio Balcázar Arana, solicitó explicación, complementación y enmienda al Auto de Vista. Por Resolución de 2 del mismo mes y año, la Sala Penal Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, dispuso “no ha lugar” a la complementación y enmienda impetrada (fs. 14 a 15 vta.).
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- i)
- I.2.2.
- c)
- I.2. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.3
- II.4.
- II.7.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- acción de amparo constitucional
- concederá o denegará
- accionante
- denegar
- 1)
- III.4.
- III.5.
- III.6.
- APROBAR