SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0234/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0234/2010-R

Fecha: 31-May-2010

I.1.1. Hechos que motivan el recurso

Señala que, como efecto de un contrato de comodato suscrito entre la propietaria del inmueble ubicado en c. Bolívar 379, ingresó a vivir el 10 de julio de 2006, ocupando una habitación, con derecho de uso común al baño y al patio, junto a su esposa y cuatro hijos. A mediados de ese mes, “Marlene López”, ocupante del inmueble, puso cerraduras adicionales en la parte interna de la puerta principal, de la cual únicamente la recurrida tenía las llaves, viéndose obligados el recurrente y su familia a acudir a ella para poder salir e ingresar del inmueble, causándoles un enorme perjuicio para asistir a su trabajo, y sus hijos al colegio.

Posteriormente, el 20 de septiembre del referido año, en compañía de la propietaria del inmueble, Virginia Quiñónez, y de la Notaria de Fe Pública, Teresa Zuleta Herrera, se apersonaron al inmueble, y para gran sorpresa suya, Marlene López negó el ingreso de la dueña de casa, cerrándoles la puerta en la cara y asegurando que desde el interior, conminando al recurrente a desalojar la habitación que ocupaba junto a su familia hasta el sábado 7 de octubre del mismo año.

El 5 de octubre de 2006, a horas 12:00 aproximadamente, Marlene López y José Salvatierra, recurridos, aprovechando que el hijo del recurrente se encontraba solo en la habitación, lo sacaron del inmueble, dejándolo en la calle de forma violenta, para luego él y su familia, dirigirse al inmueble donde también les negaron el ingreso, rogando a la recurrida les permita el ingreso por esa noche, quien a momento de abrirles la puerta, manifestó que no volverían a ingresar nunca más a esa casa, haciendo caso omiso a las lágrimas y súplicas de su familia. Al día siguiente, ni siquiera pudieron ingresar a sacar la ropa y útiles de sus hijos, situación que se mantuvo inalterable hasta la fecha de presentación del recurso, extremo que consta en el Acta de intervención de la Notaria de Fe Pública.