SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0236/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0236/2010-R

Fecha: 31-May-2010

a)

El abogado de las recurrentes ratificó los términos de la demanda y ampliándolos manifiesta que: a) Debió seguirse proceso administrativo, lo que no ocurrió, pues el Prefecto tiene categoría de juez imparcial y está obligado a cumplir la Ley del Medio Ambiente, ya que nadie puede ser sancionado sin antes ser oído; b) La Resolución impugnada señala que en base a resultados de las inspecciones se dictarán las medidas necesarias para corregir las irregularidades encontradas en un lavador de gases que no está en funcionamiento y por ello se debe cerrar la Empresa, pese a que el art. 97 de la LMA, señala que se deberán dictar medidas necesarias para corregir y, no necesariamente, cesar las operaciones, extralimitándose la autoridad recurrida en sus facultades; y, c) La Resolución debió ser firmada por el Director y no por el Prefecto lo que causa confusión. Finalmente, refiere que se presentó un recurso de apelación ante la misma autoridad, el cual fue admitido, no obstante de que debió interpretarse como de revocatoria.