SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0236/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0236/2010-R

Fecha: 31-May-2010

el recurso de apelación debió ser interpuesto directamente ante la autoridad competente que es el Viceministro de Biodiversidad, Recursos Forestales y Medio Ambiente, no así ante la Prefectura Departamental,

Dentro del trámite administrativo de la apelación, resulta que, Juan Carlos Iporre Salguero, Viceministro de Biodiversidad, Recursos Forestales y Medio Ambiente del Ministerio de Desarrollo Rural, Agropecuario y Medio Ambiente, mediante oficio 696/06 de 31 de julio de 2006, dirigida al Prefecto y Comandante del departamento de Oruro, señaló que el recurso de apelación debió ser interpuesto directamente ante la autoridad competente que es el Viceministro de Biodiversidad, Recursos Forestales y Medio Ambiente, no así ante la Prefectura Departamental, como sucedió en su caso, y que agravando el error, ésta autoridad a su vez remitió antecedentes ante el Ministerio de ramo, quien carece de competencia para resolver el recurso, lo cual ha motivado que la Resolución cause ejecutoria. Finalmente, señaló que, la autoridad ahora demandada, actuó conforme a derecho, en su calidad de Responsable de la Gestión Ambiental a nivel departamental.