Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0249/2010-R
Fecha: 31-May-2010
II.5.
II.5. Por Convocatoria 26/2006 de 4 de agosto, el Presidente del Concejo Municipal de Sica Sica, citó a los Concejales a la Sesión ordinaria a efectuarse el 8 del mismo mes y año, a horas 14:00, incluyendo en el orden del día, en asuntos varios el informe de la Comisión de Ética, respecto al ex Alcalde Municipal de la gestión 2005, ahora recurrente (fs. 14).
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- a)
- denegó
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Operatividad y aplicación en el tiempo del bloque de constitucionalidad
- III.2. Armonización de términos procesales-constitucionales
- “accionante”
- III.3. Legitimación pasiva en la acción de amparo constitucional
- III.4. Legitimación pasiva de órganos colegiados
- III.5. El caso de autos
- III.6. Aclaración de los términos a utilizarse en la resolución del amparo constitucional
- APROBAR