SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0249/2010-R
Fecha: 31-May-2010
recurso
En revisión la Resolución 115/06 de 6 de octubre de 2006, cursante de fs. 48 a 50, pronunciada por el Juez de Partido y de Sentencia de Sica Sica, Provincia Aroma del Distrito Judicial de La Paz, dentro del recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional, interpuesto por Florencio Quispe Lima, Concejal de la Primera Sección Municipal de Sica Sica contra Severo Rojas Lima, Andrea Mamani de Suri y Pacífico Herrera Salvador, Presidente, Concejala Secretaria y Presidente de la Comisión de Ética del Concejo Municipal de Sica Sica, alegando la vulneración de sus derechos al trabajo, a una remuneración justa, a la presunción de inocencia, la garantía del debido proceso y el principio a la seguridad jurídica, establecidos en los arts. 7, incs. a), d) y j) y 16.I y IV de la Constitución Política abrogada (CPEabrg).
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- a)
- denegó
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Operatividad y aplicación en el tiempo del bloque de constitucionalidad
- III.2. Armonización de términos procesales-constitucionales
- “accionante”
- III.3. Legitimación pasiva en la acción de amparo constitucional
- III.4. Legitimación pasiva de órganos colegiados
- III.5. El caso de autos
- III.6. Aclaración de los términos a utilizarse en la resolución del amparo constitucional
- APROBAR