Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0253/2010-R
Fecha: 31-May-2010
II.6.
II.6. Por memorial presentado el 8 de julio de 2000, el Defensor de Oficio, interpuso recurso de casación contra el Auto de Vista de 26 de abril de 2000 (fs. 1413 a 1423). Mediante Auto Supremo 309 de 23 de mayo de 2001, la Sala Penal Primera de Corte Suprema de Justicia, declaró infundado el recurso de casación (fs. 1451 a 1452 vta.).
- recurso de hábeas corpus, ahora acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- I.2. Audiencia y Resolución del Juez de garantías
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- a)
- 1)
- i)
- concede
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5
- II.6.
- III.1.
- acción de libertad
- ordenar la tutela
- III.3. Análisis del caso
- Fragmento 21
- no así contra los Ministros de la Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia
- Fragmento 23
- III.5. Responsabilidad del juez de garantías
- POR TANTO
- 2º DISPONER