SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0263/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0263/2010-R

Fecha: 31-May-2010

a)

El abogado y apoderado de la Ministra recurrida, mediante informe presentado en audiencia, señaló que: a) Cuando asume el nuevo gobierno, se decidió fusionar el Viceministerio de la Mujer y el de Género, Juventud, Niñez y Adolescencia, a un solo Viceministerio con el denominativo de Viceministerio de Género y Asuntos Generacionales, establecido en la Ley de Organización del Poder Ejecutivo, de manera que de cuarenta y cuatro personas que trabajaban en ambos Viceministerios, se redujo a diecisiete que trabajan actualmente, de manera que se tuvo que proceder al despido de varios funcionarios por reestructuración; b) El Ministerio de Desarrollo y Planificación pasó una lista de las personas que se encuentran institucionalizadas, en la que no se encuentra la recurrente; c) Una vez emitido el memorándum de agradecimiento de servicios a la hoy recurrente, se recibieron de su parte las notas de 6 y 8 de junio de 2006, a través de las cuales sólo reclamó el pago del haber devengado, sin hacer conocer su estado de embarazo, y en forma posterior ya no se recibió ninguna nota en la que haga saber su embarazo ni el reclamo de su inamovilidad; y, d) El Ministerio de Justicia nunca conoció oficialmente el embarazo de la recurrente, y mal puede vulnerar derechos si desconocía esta situación.