SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0391/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0391/2010-R

Fecha: 22-May-2010

II.3.

II.3. A fs. 11, cursa la citación mediante cédula realizada el 30 de enero de 1996, con el Auto intimatorio, Resolución 556/95 de 19 de diciembre de 1995; que fue viable al no ser encontrado el recurrente en su domicilio, aspecto que fue informado por el Oficial de Diligencias a través de la representación hecha ante el Juez de la causa (fs. 9); en tal sentido, se ordenó por decreto de 22 de enero de 1996, practicar la citación al deudor mediante cédula, cursante a fs. 10 vta., cédula que fue devuelta por memorial de 3 de febrero de 1996 (fs. 17 a 19), presentado por la codemandada, expresando que el deudor principal se encontraba fuera del país.