Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0276/2010-R
Fecha: 07-Jun-2010
5)
5) En lo que respecta a la certificación 149/2006 de 19 de agosto, la Dirección General de Cooperativas ha ratificado todas las actuaciones legales realizadas por el anterior Directorio Gestión 2004-2006, bajo la presidencia de Rodolfo Escalante Eguivar y entra en contradicciones al pretender desconocer la supremacía de una asamblea ordinaria y continuar reconociendo un Comité Electoral “apócrifo”.
- recurso de
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso de amparo constitucional
- I.1.3. Personas recurridas y petitorio
- I.2.1. Ratificación del recurso de amparo constitucional
- 1)
- 2)
- 3)
- 4)
- 5)
- 6)
- improcedente
- I.3. Trámite Procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.Consideraciones sobre la aplicación de la Constitución Política del Estado vigente
- III.2. Términos procesales en la acción de amparo constitucional
- afectada
- Fragmento 20
- III.4. Sobre la legitimación pasiva
- Fragmento 22
- III.6. El caso analizado
- Fragmento 24
- APROBAR