SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0277/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0277/2010-R

Fecha: 07-Jun-2010

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

Los recurrentes ahora accionantes sostienen que se lesionaron sus derechos a la seguridad jurídica y al debido proceso, puesto que dentro del proceso penal en el que se encuentran involucrados, por la supuesta comisión de los delitos de falsedad ideológica, uso de instrumento falsificado y estafa, presentaron las excepciones de falta de acción y litispendencia, que fueron declaradas probada e improbada, respectivamente, por Resolución 040/2006 de 10 de julio, la que fue apelada por los querellantes que no gozaban de personería ni legitimación activa; apelación  a la que el Ministerio Público se adhirió fuera de término y en virtud a la cual los Vocales demandados revocaron la determinación del a quo sin fundamentación, motivación y sin considerar que debieron ser sometidos previamente ante el Tribunal de Honor de la “Asociación de Comerciantes Minoristas y Vivanderos del Mercado Uyuni” de la cual son socios. Corresponde analizar, en revisión, si tales aseveraciones son ciertas, y si dan lugar o no a brindar la tutela invocada.