Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0322/2010-R
Fecha: 15-Jun-2010
II.12.
II.12. El 30 de agosto de 2005, se inició el juicio oral, público y contradictorio, contra los demandados, por la presunta comision de los ilícitos de daño calificado y otros, (fs. 281 a 350); dentro de dicho juicio oral, el Tribunal de Sentencia de Achacachi, resolviendo los incidentes interpuestos, pronuncia el Auto Interlocutorio 105/06 de 31 de agosto de 2006, por el cual declara improbado el incidente presentado por los ahora recurridos (fs. 343 a 346).
- recurso de hábeas corpus, ahora acción de libertad,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.2. Derechos y garantía supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- i)
- improcedente
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- II.11.
- II.12.
- III.1.
- acción de libertad
- ordenar la tutela
- III.3. Alcances de la tutela al debido proceso a través de la acción de libertad
- III.4. Análisis del caso
- APROBAR