SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0323/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0323/2010-R

Fecha: 15-Jun-2010

DENIEGA

Concluida la audiencia, el Tribunal de garantías dictó la Resolución 112 el 8 de noviembre de 2006, cursante de fs. 199 vta. a 202, por la cual DENIEGA el recurso de amparo constitucional, con los siguientes fundamentos: 1) La petición de suspender la ejecución de la sentencia, tramitada en el Juzgado Primero de Partido en lo Civil y Comercial del Distrito Judicial de Santa Cruz, no corresponde por aplicación del art. 517 del Código de Procedimiento Civil (CPC); 2) La recurrente se apersona al proceso y solicita la suspensión del remate del bien inmueble embargado, cuya resolución de 5 de septiembre de 2005, fue por el rechazo de la solicitud, salvando los derechos de las incidentistas a la vía legal pertinente; resolución que se notificó a las partes el 19 de diciembre del mismo año; 3) Se dejó constancia que el incidente ya se presentó el 2005, con resolución y notificaciones de ese año, no siendo un auto posterior a la fecha de presentación del amparo constitucional (26 de agosto de 2006), como contrariamente pretendió la recurrente hacer ver en audiencia; y, 4) Por otra parte mediante Auto de 22 de marzo de 2006, se abrió término de prueba incidental, con el cual no notificaron a las partes, encontrándose aún en sustanciación sobre la falsedad del documento, base de la demanda; suspensión de la ejecución de la sentencia y oposición del levantamiento de la anotación preventiva.