SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0349/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0349/2010-R

Fecha: 15-Jun-2010

i)

A su vez, el art. 15 estatutario, indica que la Iglesia Cristiana Evangélica Luterana, cuenta con dos órganos de gobierno: i) La Asamblea Nacional que es un congreso que se reúne cada dos años; y, ii) El consejo Nacional, órgano de gobierno con atribuciones ejecutivas y administrativas, del  que depende directamente la Secretaría General. En este sentido, el art. 17 le otorga la calidad de máxima autoridad de la Institución a la Asamblea Nacional  cuyos fallos son inapelables  ante otra autoridad ajena a  la ICEL, según lo determina el art. 19 de su Estatuto, concordante con el art 22 inc. r) del Reglamento. De la misma manera, respecto al Consejo Nacional, el art. 21 estatutario le otorga facultades para desempeñar las responsabilidades de representación, administración y ejecución, durante el receso de la Asamblea Nacional, pudiendo delegar las responsabilidades a un apoderado.