SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0380/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0380/2010-R

Fecha: 22-Jun-2010

II.3.

II.3.  En mérito al requerimiento fiscal, el 3 de agosto de 2007, se llevó a cabo la audiencia pública para la consideración de medidas cautelares ante el despacho de Nuria Gisela Gonzales Romero, Jueza Quinta de Instrucción en lo Penal del Distrito Judicial de Cochabamba. En el desarrollo de esa audiencia, la defensa de los imputados argumentó que debía considerar el Ministerio Público no realizó una individualización de los imputados; que no se encontraban juntos; que una tercera persona apodada el “camba” le entregó al representado del recurrente la mochila y que no conocía su contenido; que Marco Antonio Saucedo, se encontraba solo y en su poder no se halló ninguna sustancia controlada; que ambos cuentan con domicilio, familia y ocupación lícita, por lo que no existía riesgo de fuga u obstaculización y se debían aplicar medidas sustitutivas (fs. 10 a 14). A la conclusión de esa audiencia, la Jueza Quinta de Instrucción en lo Penal, dictó Resolución disponiendo la aplicación de medida cautelar de detención preventiva contra el representante del recurrente, Juan Velasco Ramírez; y Marco Antonio Saucedo (fs. 11 a 12 vta.).