SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0413/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0413/2010-R

Fecha: 28-Jun-2010

en aplicación del segundo supuesto descrito en la citada SC 080/2010-R, no es posible ingresar al análisis de fondo de la problemática planteada

Tomando en cuenta que la ampliación de la demanda fue realizada el 30 de enero de 2008 y que los hechos denunciados de ilegales son que los Fiscales lo aprehendieron ilegalmente en base a una orden fiscal librada en la ciudad de Cochabamba y ejecutada en la ciudad de Santa Cruz, de donde fue trasladado a su lugar de origen, Cochabamba, y que la Jueza cautelar a su vez, al día siguiente de la detención, en audiencia pública de medidas cautelares no consideró las ilegalidades denunciadas y dispuso su detención preventiva; en aplicación del segundo supuesto descrito en la citada SC 080/2010-R, no es posible ingresar al análisis de fondo de la problemática planteada por cuanto: “ Cuando existe imputación y/o acusación formal, y se impugna una resolución judicial de medida cautelar que; por ende, afecta al derecho a la libertad física o de locomoción, con carácter previo a interponer la acción de libertad, se debe apelar la misma, para que el superior en grado tenga la posibilidad de corregir la arbitrariedad denunciada. Puesto que el orden legal penal ha previsto ese medio impugnativo, precisamente para que a través de un recurso rápido, idóneo, efectivo y con la mayor celeridad se repare en el mismo órgano judicial, las arbitrariedades y/o errores que se hubiesen cometido en dicha fase o etapa procesal”.