SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0413/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0413/2010-R

Fecha: 28-Jun-2010

improcedente

La Resolución 09/2008 de 6 de febrero, cursante a fs. 60 y vta., pronunciada por la Sala Civil Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, declaró improcedente el recurso con el siguiente fundamento: a)  El Tribunal de garantías no tiene facultades para considerar pruebas, como la citación presentada, tampoco tiene la facultad de declarar su nulidad y en consecuencia la parte tiene la vía ordinaria; la Jueza cautelar del Distrito Judicial de Cochabamba y los Fiscales denunciados, no se han pronunciado sobre este acto procesal porque la interesada no ha hecho uso de los recursos ordinarios que le franquea el procedimiento; b) Al estar el recurrente actualmente detenido preventivamente en el recinto penitenciario de San Sebastián en la ciudad de Cochabamba, se está frente a un  proceso que se encuentra en conocimiento de autoridad jurisdiccional, por lo que la parte debe acudir a esta instancia a través de los recursos ordinarios que establece el procedimiento.