Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0426/2010-R
Fecha: 28-Jun-2010
I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
De acuerdo a lo relatado, la recurrente plantea recurso de amparo constitucional contra Jaime Ampuero García, Beatriz A. Sandoval de Capobianco, Ministros de la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia; Mirna Nuñez Vela Añez, Lidia Moscoso Flores, Vocales de la Sala Penal; Lourdes Velasco Cronembold de Caballero, Vocal de la Sala Civil y Percy A. Solares Chávez, Vocal de la Sala Social y Administrativa, todos de la Corte Superior del Distrito Judicial de Beni, solicitando sea declarado procedente y se disponga se deje sin efecto el Auto Supremo 154/2006 de 2 de mayo; así como se determine la reparación de daños y perjuicios.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- a)
- I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
- denegó
- I.3.Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- acción de amparo constitucional
- concederá o denegará
- accionante
- denegar
- III.3.1.
- no procediendo la extinción cuando la dilación del proceso sea atribuible a la conducta del imputado o procesado
- III.3.2.
- APROBAR