Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0436/2010-R
Fecha: 28-Jun-2010
1.
1. En primera instancia se solicitó se deje sin efecto la incautación del vehículo Mercedes Benz, con placa de control 562-RER, que por Auto de 9 de junio de 2006 fue rechazada por el Juez Primero de Instrucción en lo Penal; habiendo sido apelada esa Resolución en la vía incidental, la Sala Penal Primera, por Auto de Vista de 13 de julio de 2006, declaró inadmisible e improcedente el recurso argumentando que el certificado de la “Cooperativa de Ahorro y Crédito Fátima Ltda.”, evidenciaba la existencia del crédito 10028920 a nombre del recurrente, pero tenía fecha de 23 de mayo de 2006 y no indicaba ni el monto, ni la fecha del mismo.
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- Fragmento 2
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- 1.
- 2.
- 3.
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Consideraciones sobre la aplicación de la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- III.2. Sobre la armonización de términos procesales constitucionales
- III.3. La acción de amparo constitucional y la valoración de la prueba
- “…La no valoración de la prueba
- en no recibir, producir o compulsar cierta prueba inherente al caso
- III.4. La motivación y fundamentación de las resoluciones judiciales
- III.5. El caso en revisión
- APROBAR