SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0443/2010-R
Fecha: 28-Jun-2010
denegando
La Sala Civil Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Chuquisaca, pronunció la Resolución 419/2006 de 6 de diciembre, cursante de fs. 436 a 437 vta., denegando la tutela solicitada, bajo el siguiente fundamento: 1) No existe un conflicto de constitucionalidad, sino una pretensión denegada o desestimada por la Sala Plena de la Corte Suprema, desestimación que de ninguna manera puede reputarse como violatoria de derechos constitucionales, al no atender favorablemente las pretensiones del litigante; y, 2) Que para conceder lo peticionado en el memorial del recurso, en cuanto a la solicitud de extinción de la acción penal, el Tribunal de garantías tendría que revisar y estudiar los treinta y ocho cuerpos que forman el proceso penal para contrastar con los fundamentos del Auto Supremo 56/2006 y sólo después de encontrar errores procedimentales con relevancia constitucional, declarar la nulidad del referido fallo supremo, labor que resulta imposible de cumplir porque excede el marco legal del recurso de amparo constitucional, que tiene un trámite oral, sumarísimo y de puro derecho.
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional
- f)
- g)
- j)
- k)
- l)
- m)
- n)
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- Fragmento 10
- denegando
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- “accionante”
- “conceder”
- III.3. Naturaleza jurídica del amparo constitucional
- III.4.1 Sobre la imposibilidad del Tribunal de valoración de prueba
- APROBAR