Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0444/2010-R
Fecha: 28-Jun-2010
denegando
La Sala Penal Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, dictó la Resolución 61 de 6 de diciembre de 2006, cursante de fs. 184 vta. a 187, denegando el recurso, señalando que por disposición del art. 96.3 del la LTC, las resoluciones judiciales pueden ser modificadas aun cuando no se haya hecho uso de los recursos que la ley franquea, como en el presente caso respecto a la Resolución de 14 de enero de 2006, y por último hace notar que se tiene pendiente un incidente formulado por la recurrente, y que impiden que se otorgue la tutela del recurso presentado.
- recurso de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- una vez concedido el referido recurso, esa autoridad siguió tramitando el proceso
- I.1.2. Autoridad recurrida y petitorio
- a)
- denegando
- II.1
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.6.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 14
- III.1.
- III.2. Respecto de la presunta falta de competencia de la autoridad judicial demandada
- SC 0099/2010-R
- En el caso presente
- corresponde señalar en principio que el recurso de amparo constitucional, en su configuración tanto de la abrogada como de la vigente Constitución Política del Estado, tiene una naturaleza jurídica esencialmente subsidiaria
- Fragmento 20
- subreglas
- estando pendiente de resolución
- APROBAR