Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0444/2010-R
Fecha: 28-Jun-2010
II.2.
II.2. La recurrente plantea recurso de apelación contra la Sentencia 82 (fs. 81 a 82 vta.), y previo traslado, se dictó el Auto 150 de 16 de agosto de 2005, concediendo la alzada en el efecto devolutivo, disponiendo que queden fotocopias legalizadas de todo el expediente, a cuyo efecto la parte apelante debe proveer los recaudos de ley (fs. 86).
- recurso de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- una vez concedido el referido recurso, esa autoridad siguió tramitando el proceso
- I.1.2. Autoridad recurrida y petitorio
- a)
- denegando
- II.1
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.6.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 14
- III.1.
- III.2. Respecto de la presunta falta de competencia de la autoridad judicial demandada
- SC 0099/2010-R
- En el caso presente
- corresponde señalar en principio que el recurso de amparo constitucional, en su configuración tanto de la abrogada como de la vigente Constitución Política del Estado, tiene una naturaleza jurídica esencialmente subsidiaria
- Fragmento 20
- subreglas
- estando pendiente de resolución
- APROBAR