SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0469/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0469/2010-R

Fecha: 05-Jul-2010

a)

El Juez de Partido Mixto y de Sentencia de Totora provincia Carrasco, Eliodoro Guzmán Jardín provincia Carrasco, presentó informe escrito cursante de fs. 52 a 53 vta., en el que manifestó: a) Aprehendió conocimiento de la causa en suplencia legal del Juez de Partido de Aiquile, luego que el Juez Primero de Partido Mixto de Punata, declinara competencia en razón de territorio, constatando que el representado de los recurrentes contaba con más de dieciséis años, siendo plenamente imputable, por lo que mediante Auto de 11 de febrero de 2008, de oficio, se declaró incompetente para conocer la causa, con los fundamentos legales allí expuestos; b) Al efecto, remitió antecedentes ante el Tribunal de Sentencia de Aiquile, suscitando éste en lugar de conocer la causa, conflicto de competencia, declarándose incompetente en razón de materia por Auto de 20 del referido mes y año, disponiendo la remisión del cuadernillo procesal nuevamente a su Juzgado; c) Señaló audiencia para la consideración de la solicitud de cesación de la detención preventiva para el 26 del citado mes y año, la que no se llevó a efecto debido al descuido y negligencia de los progenitores del imputado que no se apersonaron para realizar las diligencias de citación que el caso amerita; d) El representado de los recurrentes se encuentra detenido preventivamente por orden de una autoridad competente, en función de lo previsto por el art. 48 con relación a los arts. 33 inc. m) de la Ley del Régimen de la Coca y Sustancias Controladas (L1008) y 231, 232 y 233 del CNNA; y, e) Como emergencia del recurso de hábeas corpus éste solicita se declare la nulidad del Auto de 11 de febrero de 2008, sin que haya apelado previamente el citado Auto conforme el art. 251 concordante con el art. 403, ambos del Código de Procedimiento Penal (CPP). Por lo que impetró se declare improcedente el recurso interpuesto, con costas.