SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0469/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0469/2010-R

Fecha: 05-Jul-2010

II.8.

II.8. A través de Auto de 20 de febrero de 2008, el Tribunal de Sentencia de Aiquile, se inhibió de conocer la causa en previsión de los arts. 12 del Código de Procedimiento Civil (CPC) y 46 del CPP, por ser incompetente en razón de materia, disponiendo la remisión del cuaderno procesal al Juez de Partido de Totora recurrido , a fin de evitar más dilaciones y retardación, al existir actos urgentes que realizar, como las solicitudes de cesación de detención preventiva impetradas por la madre del infractor, por ser un inimputable, encontrándose privado de libertad, siendo deber de los jueces y tribunales velar y precautelar por los derechos de la niñez y la minoridad, así como que se cumplan los plazos procesales (fs. 47 a 48).