SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0492/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0492/2010-R

Fecha: 05-Jul-2010

improcedente

Concluida la audiencia la Jueza de garantías pronunció la Resolución de 13 de diciembre de 2006, cursante de fs. 66 a 67, declarando improcedente el recurso, en base a los siguientes fundamentos: a) Que el amparo constitucional es improcedente cuando han cesado los efectos del acto reclamado por prescripción del art. 96.2 de la Ley del Tribunal Constitucional (LTC), b) La Jueza recurrida en su Resolución dictada no ha rechazado la petición de la devolución del vehículo; y, c) Del informe del Fiscal recurrido y del requerimiento de 12 de diciembre de 2006, se establece que se ha procedido a la devolución del vehículo, habiendo cesado los efectos del acto reclamado, lo que determina su improcedencia.